sábado, 7 de julio de 2018

La independencia de México


Por el camino de la independencia

Cabe señalar que sin estar de acuerdo con aquélla idea, consideramos necesario esclarecer sobre el tema, que efectivamente había diferencias en la concepción sobre los objetivos de la lucha por la independencia y la conformación del Estado; cuando menos entre las tres fuerzas sociales que predominaron en la Nueva España. Nos referimos a los peninsulares, los criollos y finalmente una capa ilustrada conformada por criollos y mestizos que encabezaba y recogía parte de los ideales de la fuerza indígena desorganizada entre otros; Miguel Hidalgo y José María Morelos.

  • En el primer caso, podemos señalar que los peninsulares que se beneficiaban del control del aparato burocrático del Virreinato y el monopolio del comercio.
  • En el segundo caso por su parte los criollos tenían la idea de constituir una identidad americana sin los peninsulares, tomar el control político y el monopolio del comercio
  • El tercer caso al radicalizarse fue quedando en manos mestizas, representó una tendencia radical popular que se planteaba la idea de una nación sin los peninsulares, que buscaba quitarle las tierras a éstos y a los criollos y repartir parte de ellas entre los propietarios originales, al tiempo que proclamaban la liberación de los indios.


Estas tres tendencias tuvieron como trasfondo la conflictiva situación de Europa, que se debatía entre la monarquía, la república y el imperio, la revolución francesa, la expansión del imperio napoleónico y los cambios políticos, pero sobre todo, el avance de las ideas liberales que impulsaban cambios profundos en la estructura económica, política, religiosa e ideológica



En este sentido, en la lucha por la independencia de la Nueva España, la contradicción inicial se dirime entre peninsulares y criollos, y se desplaza rápidamente por la contradicción entre criollos y mestizos, debido al debilitamiento de la corona española por la invasión napoleónica, que acentúa la lucha entre las criollos y los sectores populares empobrecidos. Este vasto proceso histórico muestra la forma como se definen los desplazamientos de las clases sociales por la radicalización del movimiento, evidenciando que la lucha por la independencia está impregnada por los intereses de clase inmersos en esta pugna independentista.



La Guerra de independencia fue precedida de un largo periodo de prosperidad, ya que durante el siglo XVII la Nueva España pasaba por una etapa de auge  comercial, agrícola, ganadero e industrial, lo cual contribuyó a duplicar la población durante este periodo y favoreció a la transformación de la estructura social de la Nueva España.


(En la lucha por la independencia de la Nueva España estaban presentes las ideas de la democracia liberal que reivindicaba la igualdad y la libertad de los individuos)


En el caso específico de México, poco antes de la celebración del centenario de la independencia, durante el porfiriato, se ignoraba el México real. El desarrollo y transformación de las clases sociales hasta aquí planteado cobra sentido si tomamos en consideración que se trata de un cambio o transformación que tiene su origen en la estructura social, configurando desde antes de la independencia.

Querétaro fue el centro neurálgico de la rebelión política en tanto que, con el pretexto de participar en una academia literaria, acudían a ella más seguidores de la independencia que personajes interesados en las letras, 

La importancia de Querétaro en el movimiento de independencia, se debió a que el Corregidor, don Ignacio Domínguez, y su esposa Josefa Ortiz de Domínguez eran simpatizantes de la independencia y él desde su cargo, ejecutó obras de beneficencia, hizo mejoras urbanas, puso fin a los abusos del ayuntamiento y como visitador de los obrajes, dio libertad a los trabajadores textiles. Este hecho tuvo sus costos, ya que atrajo la enemistad de los propietarios de los obrajes de paños, todos ellos españoles.


Al ser descubierta la conspiración, el corregidor tomo la decisión de catear las casas de los conspiradores Sámano y González. Ante este hecho Doña Josefa, por su interés y compromiso en la organización de la conspiración, y la relación que guardaba con la dirigencia del movimiento, logró enviar un mensajero 
Ignacio Pérez a Ignacio Allende sobre lo ocurrido esa noche en Querétaro. 

Este suceso aceleró los acontecimientos, pues el emisario de doña Josefa, logra entregar el mensaje a Aldama, quien avisó a Allende e Hidalgo, ante la propuesta de los dos primeros de que lo conveniente era emprender la huida Hidalgo, después de cavilar unos instantes les señaló: “señores, perdidos estamos no nos queda otra que coger gachupines”. La convocatoria se hizo, como ya es sabido la madrugada del 16 de septiembre con el grito de ¡Viva la independencia! ¡Viva América! ¡Muera el mal gobierno! después de un breve discurso.



Las ideas políticas de Hidalgo y de Morelos dan sentido a una corriente liberal, radical y popular del movimiento independentista
En este orden de ideas era lógico que surgiera una tendencia nacional popular con una visión liberal radical que se propusiera materializar las ideas de libertad e igualdad en la vida novohispana. Esa tendencia se concretizó en el pensamiento de quienes dirigieron en dos momentos trascendentes de la historia nacional la gesta independentista, nos referimos a Hidalgo y a Morelos.

Hidalgo al ser nombrado cura de la parroquia de Colima y aumentar sus percepciones, una parte importante de ellas las utilizó en provecho de los campesinos indígenas de su demarcación. Después, al ejercer su curato en San Felipe Torres Mochas, Hidalgo refrendó sus muestras de compromiso con el pueblo. Así lo demostró su entrega al auxilio de los campesinos a quienes apoyaba “con dinero para solventar gastos urgentes o deudas tributarias que los asfixiaban”


El pueblo convirtió a Hidalgo en vocero de sus aspiraciones; él para lograrlo toma todas las medidas en su nombre.


El carácter social de la lucha de independencia por lo que corresponde a su primer gran dirigente, se confirma el 29 de noviembre de 1810 cuando Hidalgo publica su conocido decreto sobre la Abolición de la Esclavitud y del pago de tributos con el que centraba su atención en el carácter social y restaurador del movimiento de independencia poniendo especial énfasis dentro de sus planteamientos medulares en las reivindicaciones de los indios y castas de la todavía entonces Colonia.


Entre los méritos irrefutables de Hidalgo está el haber coadyuvado de manera fundamental en la definición, perfil y rumbo del movimiento de independencia, así como a su carácter popular que integró y puso el peso en las demandas y reivindicaciones de las “masas campesinas y urbanas, estableciendo las bases para la posterior evolución del movimiento bajo un marco ideológico republicano”.


Hidalgo redactó en Valladolid y en Guadalajara tres decretos destinados a la abolición de la esclavitud. A partir del Grito del 16 de septiembre proclamó la extinción del tributo indígena; la restitución de las tierras a los pueblos y a las comunidades indígenas en diciembre de 1810. Estas medidas se tomaron en nombre de la autodeterminación de los conciudadanos americanos.


Por su parte, Morelos desde muy joven dejó también ver su compromiso con el movimiento. A partir de entonces se incubó en Morelos la idea revolucionaria. En los inicios de su campaña (1° de noviembre de 1810) Morelos envió una carta a su compadre Francisco Díaz de Velasco, que da cuenta de su concepción de lucha y sus objetivos primordiales.

(Hidalgo le señaló a Morelos “padre, me parece que mejor ha de ser usted general que capellán, al tiempo que le reiteraba su encargo de insurreccionar el sur”)
Morelos se presenta como lugarteniente de Miguel Hidalgo, y “hace saber en nombre de Hidalgo, el 17 de noviembre de 1810, es decir a 2 meses 2 días del grito de Dolores a todos los moradores de esta América”… en forma de decreto que:


  1. A excepción de los europeos, todos los demás habitantes no se nombrarán en calidad de indios, mulatos ni de otras castas sino todos generalmente americanos.
  2. Nadie pagará tributo, ni habrá esclavos en lo sucesivo, y todos los que los tengan serán castigados… y los indios percibirán los reales de sus tierras como suyas propias.
  3. Todo americano que deba cualquier cantidad a los europeos, no está obligado a pagarla, y si fuera lo contrario el europeo será ejecutado a la paga con el mayor rigor… las plazas y empleos estarán entre nosotros y no los pueden obtener los europeos aunque estén indultados.
Mapa del territorio nacional al final de la Independencia. 
A Morelos lo acompañaron componentes medios y humildes de la sociedad: “rancheros, mayordomos, capataces, mineros, desempleados, curas, estudiantes, profesionistas descontentos, oficiales, criollos, arrieros, gañanes y mujeres de todos los estratos sociales incluyendo hacendados como los Bravo y los Galeana”. En Enero de 1811, Morelos anuncia en Tecpan la creación de un Congreso Nacional que se concretaría hasta dos años y ocho meses después, que se encargaría de dictar las “leyes suaves”

El Bando de Morelos del 29 de enero de 1813 en el que además de reiterar sus pronunciamientos contra la esclavitud, los tributos etcétera, manifiesta: “Que los naturales de los pueblos sean dueños de sus tierras y rentas, sin el fraude de entrada en las cajas”.


El 14 de septiembre de 1813 durante el Congreso de Chilpancingo, Morelos dio a conocer sus memorables Sentimientos de la Nación en los que se advierte y ratifica el carácter eminentemente social y popular del movimiento.

El Congreso emitió la Declaración de Independencia el 6 de noviembre de 1813 redactada por Carlos María de Bustamante. En ella se proclamaba que la América septentrional “ha recobrado el ejercicio de su soberanía, quedando rota para siempre y disuelta la dependencia del trono español, que es árbitro para establecer las leyes que le convengan, para el mejor arreglo y felicidad interior: para hacer la guerra y la paz y establecerlas con los monarcas y repúblicas.” Para ejercer el poder ejecutivo los diputados eligieron a Morelos. 

En la consumación de la Independencia, con el Plan de Iguala del 27 de septiembre de 1821, se tomaron las ideas de los mexicanos “más ilustrados” para la formación de un gobierno con un sistema representativo e independiente. Después de más de 11 años de lucha por la emancipación política se consumó ésta; pero sus términos fueron totalmente diferentes “a los que la revolución popular había planteado”. No se proclama un cambio social innovador. Lo que se reivindica es el conservadurismo. Uno de los acentos fundamentales se pone en defender a la Iglesia de las reformas que la amagan con los planteamientos liberales. Desde una óptica socioeconómica resulta inobjetable “que el movimiento de Iturbide no tuvo nada en común con el de Hidalgo y Morelos”.


Morelos, por la posición que ocupaba disponía de una perspectiva privilegiada para percibir a fondo la tragedia de los explotados y la insolencia de los poderosos.
En este sentido, se formó una asamblea de “personas notables, por sus conocimientos, por su riqueza e influjo en el país”.45 Se llamó Soberana Junta Provisional Gubernativa, debiendo ésta dedicarse a convocar a una Asamblea Nacional y a conservar el orden y la paz mientras se llevaba a cabo la elección.


 Constitucionalismo mexicano en la lucha por la independencia 
Es importante destacar que desde la etapa de lucha por la independencia se va prefigurando para nuestro país un futuro de carácter capitalista, pues la influencia europea, en particular la francesa, es considerable desde tiempo atrás y el impacto evolutivo que va sepultando las relaciones de producción feudales, se deja sentir en nuestro medio por diversas vías. 

De manera concreta y con mayor formalidad, tal influjo se percibe claramente en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana sancionado en Apatzingán el 22 de octubre de 1814,47 ya que proyecta de manera notable elementos sustanciales correspondientes al esquema jurídico-político del capitalismo; es decir, la prefiguración de un Estado liberal. 

Lo que notamos con claridad es que la estructura jurídico-política dominante corresponde en lo esencial a los rasgos básicos que definen la conformación de un Estado democrático liberal, es decir, capitalista. 

Esta última determinación esencial se hace presente en la significativa y primordial importancia que se le otorga en el mencionado proyecto constitucional a los dos valores que sirven de fundamento ha dicho Estado: la libertad y la igualdad (formal), en virtud de que los encontramos desarrollados casi plenamente en los siguientes planteamientos del referido documento histórico.

Para sustentar el primero la libertad, en este proyecto constitucional se incorporan, a lo largo de diversos artículos, las declaraciones de derechos en sus dos ámbitos: los derechos del hombre para todos los habitantes de la república en ciernes y los derechos del ciudadano, para la regulación de la participación política de los mexicanos en la conducción del país en perspectiva. 

Estos derechos, son concebidos en el proyecto de la Constitución de Apatzingán como naturales, inherentes a los individuos, que considera también que la conservación y eficacia de los mismos es uno de los objetivos esenciales del quehacer de las instituciones del Estado; tal como lo prescribía el artículo 2° de la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789. 

Asimismo, en este proyecto constitucional encontramos incorporado el tratamiento que se brinda a la institución de la División de poderes ya que, para el ejercicio de las funciones clásicas de gobierno, propone la creación de tres diferentes entes en cuyas manos recaería el ejercicio del poder estatal en ciernes. Algo muy singular que encontramos aquí es la propuesta que se hace para crear un Poder ejecutivo colegiado, que estaría constituido por un triunvirato cuyos miembros, sin tener predominio uno sobre el otro, se turnarían en el ejercicio presidencial. 

De la misma manera, en la Constitución de Apatzingán encontramos reflejada en varios de sus 242 artículos la determinación de establecer todo el esquema del ejercicio de la autoridad estatal subordinándolo plenamente al orden jurídico, en una perspectiva que se encamina a proporcionar mejores estadios de justicia y libertad para los habitantes de la América Mexicana en lucha por su independencia. En otros términos, también se recoge e incorpora la intención de dar vida plena al Estado de derecho. 

Por lo que respecta al segundo de los valores esenciales en que teóricamente se sustenta el Estado capitalista la Igualdad, también se adopta y así encontramos reflejada su presencia directa en la Constitución de Apatzingán. En su articulado, luego de definir y regular los aspectos relacionados a la ciudadanía, este proyecto constitucional acoge al sistema representativo con todas sus consecuencias, de acuerdo a las definiciones de participación política muy limitada de la época. 

En la disposición constitucional citada podemos observar también otra cuestión que resulta interesante, como es el hecho de que en el contenido de sus declaraciones de derechos, de acuerdo con las circunstancias propias de esa época, la libertad de culto no cobra todavía la relevancia que históricamente tendrá. 

Otras consideraciones generales 

En el la Constitución de Apatzingán no se incorporó, junto a las declaraciones de derechos, la División de poderes y el Estado de derecho; el Derecho de resistencia contra la opresión. Esta inconsistencia se presentaba a pesar de que este documento constitucional fincaba gran parte de su preocupación en la necesidad de apuntalar al valor libertad en la superestructura jurídico-política del Estado proyectado

También es menester decir que, desde el contenido de este proyecto de Constitución de 1814, al definir uno de los asuntos más trascendentes, el relativo a quién sería en el proyectado país el titular de la soberanía interior, en quien residiría el máximo poder en la república mexicana; deja sentirse ya la confusión que prevalece hasta el presente, pues en sus artículos 3°, 4°, 5° y 10° luego de señalar los atributos de la soberanía, la vincula a la sociedad, al pueblo como su simiente y, al mismo tiempo, establece el sistema representativo. Estas mismas concepciones que prevalecieron desde la Constitución francesa de 1791 y en nuestro medio no han sido siquiera un poco atenuadas con instituciones constitucionales en favor del pueblo concreto.

Por último, no podemos menos que observar que el proyecto de Constitución de Apatzingán de 1814, debido a la influencia de las corrientes ideológicas del liberalismo europeo, francés en particular, adoptaba elementos importantes de un modelo constitucional correspondiente a la perspectiva del desarrollo capitalista cuando las condiciones reales de nuestro medio registraban un esquema de relaciones de producción todavía bastante incipientes en esta dinámica.

De la misma manera que en la Constitución de 1814, tampoco en la de 1824 se recogen las aspiraciones sociales en favor de las clases populares impulsadas por Hidalgo y Morelos. Afirmamos que en la Constitución mexicana de 1824 se incorporan casi todas las instituciones del “constitucionalismo clásico”, porque en ella se elude una institución esencial que, como mencionamos, tampoco aparecía en la Constitución de Apatzingan de 1814. 

Dentro de las declaraciones de derechos encontramos un esquema parecido a los plasmados en 1814, pues vuelve a incorporar la libertad de imprenta, la libre manifestación de las ideas, la libertad de tránsito, garantías de seguridad jurídica y otras. Asimismo, por lo que respecta al no reconocimiento a la libertad de culto, en la Constitución de 1824 se mantiene y profundiza su negativa, pues en el artículo 3° de la misma se establece que: “La religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra. 

También se da registro en el cuerpo de esta Constitución a la institución del Estado de derecho. Esto queda plasmado a lo largo de varios artículos entre los que podemos mencionar los siguientes: 38, 39, 40, 101, 103, 112-II, 112-III, 119 y 161.


Nuestras históricas constituciones de 1814 y 1824, nos muestra de manera ostensible que el nacimiento del Estado mexicano estuvo precedido por la dinámica de expansión del capitalismo con su doctrina liberal por el mundo y que éste tuvo también primordial relevancia en nuestro medio desde que se iniciaba la existencia formal del Estado mexicano. El liberalismo ofrecía importantes perspectivas para el logro de las aspiraciones económico–político– sociales de los naturales de las últimas etapas de la Nueva España luego devenida en la América Mexicana. A ello obedece, en buena medida, el hecho de que en el constitucionalismo mexicano cobren fundamental presencia las instituciones constitucionales que se diseñaron para dar formalidad jurídico-política a las banderas de lucha social del pueblo francés en particular, encaminadas a conquistar la libertad y la igualdad ante las circunstancias reales de opresión estructural en que lo constreñía la agonizante Edad Media.


La independencia de España se logró, pero los planteamientos más profundos de Hidalgo y Morelos, como la restitución de las tierras a las comunidades, la libertad y la igualdad de los indios estuvieron presentes en el proyecto nacional que se empieza a configurar en la vida independiente y que hasta la fecha no han sido realizados.

Dale click para informarte mas sobre la independencia de Mexico, aquí te dejo el enlace:

https://www.youtube.com/watch?v=feNrrP8Q_us 

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